jueves, 6 de septiembre de 2018





LA PREVENCIÓN DE INCENDIO



Engloba todo un conjunto de acciones que se fundamentan en el establecimiento de una serie de medidas, normas y estrategias de carácter jurídico y técnico que deben implementarse, a objeto de prevenir situaciones que puedan generar incendios e igualmente, en caso de que ocurran, preestablecer los recursos tanto humanos como materiales requeridos para el control de los mismos .
Prevención Técnica
Esta es la fase de la prevención de incendios que induce a establecer los criterios técnicos de la ingeniería relacionada con la protección contra incendio. Se habla de la prevención técnica, cuando se establecen y analizan los riesgos de incendios, el sistema de prevención y protección, los medios administrativos de la prevención, la organización y todos aquellos otros aspectos que dejan relación con evitar y/o minimizar el desarrollo de los incendios que pueden generar un momento dado.
Elementos de la Fase de Prevención
• Establecimiento de riesgo de incendios.
• Establecimiento de las necesidades de requerimiento de los sistemas de prevención y protección contra incendios.

• Establecimiento de los requerimientos de los medios y dispositivos de protección humana.

• Establecimiento de los planes y programas para el control de los riesgos.

• Se establecen los programas de prevención.

• Organización de la seguridad integral en la industria.

Prevención Legal o Jurídica
La existencia de una verdadera conciencia preventiva ha generado y le ha dado vida a la fase de la prevención.
Entre los instrumentos legales y jurídicos de uso obligatorio que existen para la prevención:

Instrumentos Legales y Juridicos
• Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
• Reglamento de las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

• Decreto 2195, que establece el Reglamento de Prevención de Incendios.

• Resolución de Ministerio de Energía y Minas.

• Normas COVENIN (1040).

• National Fire Protection Asociation

• Organización de la seguridad integral en la industria.

Prevención Formativa
Cualquier instalación puede contar con los mejores sistemas de protección contra incendios y cumplir con toda normativa vigente, pero si no cuenta también con un programa de prevención formativa, los primeros no cumplirán con eficiencia su objetivo.
Instrumentos Legales y Juridicos
• Programa de inducción: que busca orientar a los nuevos trabajadores con sus tareas y encausarlos para que sean productivos bajo todas las condiciones de seguridad integral, en un tiempo tan corto como sea posible.
• Programa de entrenamiento: uno de los primeros elementos hacia el mantenimiento de una fuerza laboral cooperativa e identificada de las condiciones de seguridad en la industria, lo constituye la capacitación en el campo de la prevención de incendios.

• Programa de motivación: que sirven de refuerzo a los programas de inducción de entrenamiento que sistemática y constantemente deben desarrollarse en toda industria.

• Programa de señalización: la señalización, desde el punto de vista de formación tiene un papel muy importante para la prevención de incendios, dado que además de identificar, enseña las “cosa” que deben hacer para “ no hacer los peligros realidades”

Soportes de la Prevención de Incendios
Programa de Inspección
Es una actividad preventiva que trae grandes beneficios al sector industrial y comercial, cuando se inspeccionan los equipos y las instalaciones se está contribuyendo a disminuir las condiciones que pudieran originar un incendio.
Programa de Orden y Limpieza
Un programa de orden y limpieza es una condición esencial para el establecimiento de una buena prevención de incendios. La práctica del orden y limpieza, tanto en el interior de las instalaciones como en el exterior de las mismas, reduce efectivamente los peligros de incendios.
Programa de Mantenimiento
La forma más efectiva de mantener los recursos materiales de protección contra incendio siempre disponible, es el diseño de un de mantenimiento el cual debe involucrar el mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo.
Programa de Permisología
Se refiere al procedimiento que aseguran en gran medida el trabajo que se realice en áreas de alto potencial de riesgo, este bajo control y en las mejores condiciones de seguridad, todo alcanzando a través de una documentación o formatos elaborados especialmente para tales fines.
Seguridad y Salud Laboral
 La seguridad y salud laboral se inició en Venezuela, con la formulación
de la Ley de Minas en 1909 En 1928, se promulga la primera ley del Trabajo
aunque la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en
el año de 1936 con la formulación de la nueva Ley de Trabajo y su respectivo
Reglamento. Para 1944, se crea la Ley del Seguro Social Obligatorio
(S.S.O), la cual establecía para ese momento la protección del trabajador
asegurado en cuanto enfermedad, maternidad, accidente laboral,
enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte. En 1968, se
promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene, Seguridad en el
Trabajo, vehículo de mucha importancia en la actualidad incluso. Asimismo,
en 1974 se pone en vigencia el decreto número 46 (2195) el cual se conoció
como el Reglamento de Prevención de Incendios. Por otra parte en el mismo
período anterior la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN)
prosiguen su intensa labor de estandarización de normas en materia de
seguridad. A pesar del desarrollo que tuvo la seguridad nivel nacional no es
sino hasta agosto de 1986, cuando se promulga la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
Caballero (2008).
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Prevención de accidentes
 El trabajo y la salud están fuertemente relacionados, pues el trabajo
permite al individuo satisfacer sus necesidades y tener una vida digna,
desarrollando las capacidades tanto físicas como intelectuales; no obstante,
la salud se puede perder a causa del trabajo, si no se lleva a cabo en
condiciones adecuadas. Por tanto, es menester potenciar los aspectos
positivos y tratar simultáneamente de minimizar los negativos. Sobre este
punto González y otros (2003), establecen que:
La seguridad en el trabajo es el área de la Prevención
de Riesgos Laborales que controla la actuación del
trabajador en su entorno laboral en relación con la tarea
que realiza, en especial los espacios de trabajo,
maquinas, útiles y herramientas, materiales, procesos y
organización, así como las instalaciones utilizadas o por
las que puede verse afectado para lograr el objetivo
empresarial (p.47).
 En cuanto a la prevención Fernández (2008:23), la define como el
“conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases
de actividad diaria, personal o laboral, con el fin de evitar o disminuir los
riesgos que existen en nuestro entorno”.
 Al respecto, la prevención en la empresa es cosa de todos, se
requiere la participación activa de todos los trabajadores dando lugar con ello
a obligaciones y exigencias de responsabilidades. Sin embargo, expresan
González, Mateo y González (2003:36): “La actuación preventiva requiere en
la mayoría de las ocasiones de conocimientos técnicos para abordar los
riesgos con garantía de éxito”.
 Tal apreciación se hace, porque es necesario identificar y analizar una
serie de elementos considerados factores de riesgo y de esta manera
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controlar que las condiciones de trabajo sean las adecuadas para mantener
la salud de los trabajadores.
En todo local de trabajo, edificaciones en general con una altura sobre el nivel del terreno superior a los diez metros, destinados a oficinas, comercios o vivienda, y en todas aquellas otras, cualquiera que sea su altura, a las cuales tenga acceso el público o se reúnan personas como en los clubes, centros asistenciales, educacionales, cívicos o de índole similar, regirán las disposiciones del presente Reglamento y las Resoluciones del Ministerio del Desarrollo Urbano sobre Prevención de Incendios.
La ubicación de los sistemas y equipos de detección y extinción de incendio, las características mínimas relativas a la protección que requieran, su potencial de extinción y demás especificaciones de orden técnico, estarán conforme a las indicaciones, previamente aprobadas por el Cuerpo de Bomberos de la localidad, o en su defecto, por el existente en el Municipio, Distrito o Entidad Federal respectiva sucesivamente.















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