LA PREVENCIÓN DE INCENDIO
Engloba
todo un conjunto de acciones que se fundamentan en el establecimiento de una
serie de medidas, normas y estrategias de carácter jurídico y técnico que deben
implementarse, a objeto de prevenir situaciones que puedan generar incendios e
igualmente, en caso de que ocurran, preestablecer los recursos tanto humanos
como materiales requeridos para el control de los mismos .
Prevención
Técnica
Esta
es la fase de la prevención de incendios que induce a establecer los criterios
técnicos de la ingeniería relacionada con la protección contra incendio. Se
habla de la prevención técnica, cuando se establecen y analizan los riesgos de
incendios, el sistema de prevención y protección, los medios administrativos de
la prevención, la organización y todos aquellos otros aspectos que dejan
relación con evitar y/o minimizar el desarrollo de los incendios que pueden
generar un momento dado.
Elementos
de la Fase de Prevención
•
Establecimiento de riesgo de incendios.
•
Establecimiento de las necesidades de requerimiento de los sistemas de
prevención y protección contra incendios.
•
Establecimiento de los requerimientos de los medios y dispositivos de
protección humana.
•
Establecimiento de los planes y programas para el control de los riesgos.
• Se
establecen los programas de prevención.
•
Organización de la seguridad integral en la industria.
Prevención
Legal o Jurídica
La
existencia de una verdadera conciencia preventiva ha generado y le ha dado vida
a la fase de la prevención.
Entre
los instrumentos legales y jurídicos de uso obligatorio que existen para la
prevención:
Instrumentos
Legales y Juridicos
•
Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
•
Reglamento de las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
•
Decreto 2195, que establece el Reglamento de Prevención de Incendios.
•
Resolución de Ministerio de Energía y Minas.
• Normas COVENIN (1040).
• National Fire Protection Asociation
•
Organización de la seguridad integral en la industria.
Prevención
Formativa
Cualquier
instalación puede contar con los mejores sistemas de protección contra
incendios y cumplir con toda normativa vigente, pero si no cuenta también con
un programa de prevención formativa, los primeros no cumplirán con eficiencia
su objetivo.
Instrumentos
Legales y Juridicos
•
Programa de inducción: que busca orientar a los nuevos trabajadores con sus
tareas y encausarlos para que sean productivos bajo todas las condiciones de
seguridad integral, en un tiempo tan corto como sea posible.
•
Programa de entrenamiento: uno de los primeros elementos hacia el mantenimiento
de una fuerza laboral cooperativa e identificada de las condiciones de
seguridad en la industria, lo constituye la capacitación en el campo de la
prevención de incendios.
•
Programa de motivación: que sirven de refuerzo a los programas de inducción de
entrenamiento que sistemática y constantemente deben desarrollarse en toda
industria.
•
Programa de señalización: la señalización, desde el punto de vista de formación
tiene un papel muy importante para la prevención de incendios, dado que además
de identificar, enseña las “cosa” que deben hacer para “ no hacer los peligros
realidades”
Soportes
de la Prevención de Incendios
Programa
de Inspección
Es
una actividad preventiva que trae grandes beneficios al sector industrial y
comercial, cuando se inspeccionan los equipos y las instalaciones se está
contribuyendo a disminuir las condiciones que pudieran originar un incendio.
Programa
de Orden y Limpieza
Un
programa de orden y limpieza es una condición esencial para el establecimiento
de una buena prevención de incendios. La práctica del orden y limpieza, tanto
en el interior de las instalaciones como en el exterior de las mismas, reduce
efectivamente los peligros de incendios.
Programa
de Mantenimiento
La
forma más efectiva de mantener los recursos materiales de protección contra
incendio siempre disponible, es el diseño de un de mantenimiento el cual debe
involucrar el mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo.
Programa
de Permisología
Se
refiere al procedimiento que aseguran en gran medida el trabajo que se realice
en áreas de alto potencial de riesgo, este bajo control y en las mejores
condiciones de seguridad, todo alcanzando a través de una documentación o
formatos elaborados especialmente para tales fines.
Seguridad
y Salud Laboral
La seguridad y salud laboral se inició en
Venezuela, con la formulación
de
la Ley de Minas en 1909 En 1928, se promulga la primera ley del Trabajo
aunque
la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en
el
año de 1936 con la formulación de la nueva Ley de Trabajo y su respectivo
Reglamento.
Para 1944, se crea la Ley del Seguro Social Obligatorio
(S.S.O),
la cual establecía para ese momento la protección del trabajador
asegurado
en cuanto enfermedad, maternidad, accidente laboral,
enfermedades
profesionales, vejez, invalidez y muerte. En 1968, se
promulga
el Reglamento de las Condiciones de Higiene, Seguridad en el
Trabajo,
vehículo de mucha importancia en la actualidad incluso. Asimismo,
en
1974 se pone en vigencia el decreto número 46 (2195) el cual se conoció
como
el Reglamento de Prevención de Incendios. Por otra parte en el mismo
período
anterior la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN)
prosiguen
su intensa labor de estandarización de normas en materia de
seguridad.
A pesar del desarrollo que tuvo la seguridad nivel nacional no es
sino
hasta agosto de 1986, cuando se promulga la Ley Orgánica de
Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
Caballero
(2008).
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Prevención
de accidentes
El trabajo y la salud están fuertemente
relacionados, pues el trabajo
permite
al individuo satisfacer sus necesidades y tener una vida digna,
desarrollando
las capacidades tanto físicas como intelectuales; no obstante,
la
salud se puede perder a causa del trabajo, si no se lleva a cabo en
condiciones
adecuadas. Por tanto, es menester potenciar los aspectos
positivos
y tratar simultáneamente de minimizar los negativos. Sobre este
punto
González y otros (2003), establecen que:
La
seguridad en el trabajo es el área de la Prevención
de
Riesgos Laborales que controla la actuación del
trabajador
en su entorno laboral en relación con la tarea
que
realiza, en especial los espacios de trabajo,
maquinas,
útiles y herramientas, materiales, procesos y
organización,
así como las instalaciones utilizadas o por
las
que puede verse afectado para lograr el objetivo
empresarial
(p.47).
En cuanto a la prevención Fernández (2008:23),
la define como el
“conjunto
de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases
de
actividad diaria, personal o laboral, con el fin de evitar o disminuir los
riesgos
que existen en nuestro entorno”.
Al respecto, la prevención en la empresa es
cosa de todos, se
requiere
la participación activa de todos los trabajadores dando lugar con ello
a
obligaciones y exigencias de responsabilidades. Sin embargo, expresan
González,
Mateo y González (2003:36): “La actuación preventiva requiere en
la
mayoría de las ocasiones de conocimientos técnicos para abordar los
riesgos
con garantía de éxito”.
Tal apreciación se hace, porque es necesario
identificar y analizar una
serie
de elementos considerados factores de riesgo y de esta manera
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controlar
que las condiciones de trabajo sean las adecuadas para mantener
la
salud de los trabajadores.
En todo local de trabajo, edificaciones en general con
una altura sobre el nivel del terreno superior a los diez metros, destinados a
oficinas, comercios o vivienda, y en todas aquellas otras, cualquiera que sea
su altura, a las cuales tenga acceso el público o se reúnan personas como en
los clubes, centros asistenciales, educacionales, cívicos o de índole similar,
regirán las disposiciones del presente Reglamento y las Resoluciones del
Ministerio del Desarrollo Urbano sobre Prevención de Incendios.
La ubicación de los sistemas y equipos de detección y extinción
de incendio, las características mínimas relativas a la protección que
requieran, su potencial de extinción y demás especificaciones de orden técnico,
estarán conforme a las indicaciones, previamente aprobadas por el Cuerpo de
Bomberos de la localidad, o en su defecto, por el existente en el Municipio,
Distrito o Entidad Federal respectiva sucesivamente.
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